Gendarmería y Universidad de Los Lagos firman convenio para favorecer la reinserción
Campus Osorno

La Universidad de Los Lagos dispondrá de 15 plazas mensuales, en Osorno, Puerto Montt y Castro, para el cumplimiento de penas de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad en las áreas de mantención y áreas verdes.

Gendarmería de Chile y la Universidad de Los Lagos firmaron un convenio de colaboración para la implementación de la Ley Nº20.603 que establece que personas condenadas por delitos de baja connotación social, puedan cumplir su pena mediante la prestación de servicios que vayan en beneficio de la comunidad como alternativa a la reclusión.

El convenio fue firmado por el rector Oscar Garrido Álvarez, y por el Director Regional de Gendarmería, Coronel Gustavo Flores Abarca.

El Rector Garrido destacó que “hace muchos años que tenemos una alianza estratégica con Gendarmería y firmar este convenio nos permite afianzar la relación entre dos instituciones públicas atendiendo la reinserción y entendiendo que ese es un tema central para asegurar la estabilidad de aquellas personas que han cometido un error de baja connotación social. Desde ambas instituciones tenemos que trabajar por la reinserción, porque es un tema estratégico para nuestra sociedad”.

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En la región, Gendarmería ha firmado un total de 143 convenios con instituciones que apoyan este quehacer, de las cuales, ante lo que el Coronel Flores recalcó “la reinserción social es una de las principales misiones de Gendarmería de Chile en la actualidad. Pero esa no es una labor que nuestra institución pueda cumplir de forma aislada, porque para concretar la rehabilitación de las personas condenadas se necesita el apoyo de la sociedad en su conjunto. Y a esa tarea se están sumando con mucho entusiasmo organizaciones que han firmado los convenios de la pena de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad con nosotros, como en este caso la Universidad de Los Lagos”.

A esta pena pueden acceder aquellas personas que fueron condenadas a una pena privativa de libertad menor a 300 días por la Ley 20.603 y también aquellas personas deben cancelar el pago efectivo de una multa, sustituyéndose esta pena inicial por la Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad conforme al cálculo determinado por la Ley. Esta pena tiene una esencia reparadora permitiendo mantener a la persona integrada en la comunidad por el tiempo que deba cumplirla, evitando afectar la vida familiar, laboral y social del penado.

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Publicado por: Natalia Araya Raccoursier